Saltar al contenido principal

Despido improcedente, objetivo y procedente: cómo cambia tu indemnización

Qué diferencia hay entre los tipos de despido en España, qué indemnización corresponde a cada uno y por qué el finiquito no es lo mismo que la indemnización.

Impuestos y trabajo5 min de lecturaÚltima revisión: 19 de agosto de 2026

Cuando llega una carta de despido, la primera pregunta es siempre cuánto corresponde cobrar. Y la respuesta depende por completo de una palabra que aparece en esa carta y que mucha gente pasa por alto: la calificación del despido.

Antes de entrar en materia, conviene dejar clara una distinción que se confunde constantemente.

Finiquito e indemnización no son lo mismo

El finiquito es lo que la empresa te debe por el trabajo ya realizado y que aún no se te ha pagado. Se cobra siempre, sea cual sea el motivo de la salida, incluso si te vas voluntariamente. Incluye, con carácter general, los días trabajados del mes en curso, la parte proporcional de las pagas extra no abonadas y las vacaciones devengadas y no disfrutadas.

La indemnización es una compensación adicional por la pérdida del empleo. No se cobra siempre: depende del tipo de despido. Si dimites, por regla general no hay indemnización.

Una carta que solo ofrezca finiquito en un despido que debería llevar indemnización es exactamente el tipo de situación que conviene revisar antes de firmar nada.

Despido disciplinario procedente

Se produce cuando la empresa alega un incumplimiento grave y culpable del trabajador, de los recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, y esa causa se acredita.

Si el despido se declara procedente, no hay indemnización: solo el finiquito. La relación se extingue sin compensación adicional.

Es importante saber que la calificación no la decide la empresa por escribirla en la carta. La empresa alega; si el trabajador impugna, es el juzgado quien califica.

Despido objetivo

Se basa en causas ajenas a la conducta del trabajador: económicas, técnicas, organizativas o de producción, ineptitud sobrevenida o falta de adaptación a cambios técnicos del puesto.

La indemnización legalmente prevista es de 20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades. Los periodos inferiores al año se prorratean.

Además, la empresa debe cumplir requisitos formales estrictos: comunicación escrita expresando la causa, puesta a disposición simultánea de la indemnización y un preaviso. Si esos requisitos fallan, el despido puede acabar declarándose improcedente aunque la causa alegada fuese real.

Despido improcedente

Es la calificación que se aplica cuando no se acredita la causa alegada o cuando se incumplen los requisitos formales.

La indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades. Este importe procede de la reforma laboral de 2012.

Y aquí está el detalle que más dinero mueve para quien lleva muchos años en la empresa: existe un régimen transitorio para los contratos anteriores al 12 de febrero de 2012. En esos casos, el tiempo trabajado antes de esa fecha se calcula a 45 días por año y el posterior a 33, con reglas de tope específicas. Para una persona con veinte años de antigüedad, aplicar mal ese cálculo por tramos supone una diferencia muy considerable.

Ante un despido improcedente, la empresa puede optar entre readmitir al trabajador o abonar la indemnización. La elección corresponde a la empresa, salvo en supuestos concretos como los representantes de los trabajadores.

Despido nulo

Es una categoría distinta y con consecuencias diferentes. Se declara nulo el despido que vulnera derechos fundamentales o que afecta a determinadas situaciones protegidas por la ley, como el embarazo o los permisos por nacimiento y cuidado de menor, en los términos que fija la normativa.

La consecuencia no es una indemnización mayor: es la readmisión obligatoria del trabajador con abono de los salarios dejados de percibir. No es una opción de la empresa.

Cómo se calcula la base de la indemnización

La indemnización se calcula sobre el salario diario, y ahí hay dos precisiones que suelen dar problemas:

  • Se toma el salario bruto, incluyendo la parte proporcional de las pagas extra. Calcular sobre el salario neto o sin prorratear las extras da un resultado inferior al que corresponde.
  • Se computan también los complementos salariales consolidados y, en su caso, la retribución en especie. Un cálculo hecho solo sobre el salario base puede quedarse corto.

La fiscalidad: la parte que sorprende para bien

La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el importe establecido con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, con un límite máximo de 180.000 €.

Es decir, si te corresponden legalmente 30.000 € por despido improcedente, esa cantidad no tributa. Lo que exceda del mínimo legal obligatorio —por ejemplo, una mejora pactada en un acuerdo— sí tributa como rendimiento del trabajo.

El finiquito, en cambio, tributa con normalidad: es salario devengado.

Los plazos, que son cortos y no perdonan

El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos. Es un plazo de caducidad, no de prescripción: si pasa, se pierde el derecho a reclamar, sin importar lo fundada que estuviera la reclamación.

Por eso, ante cualquier duda sobre la calificación o el importe, lo sensato es consultar cuanto antes con un profesional del ámbito laboral. Firmar un finiquito con la mención «saldo y finiquito» sin reservas puede complicar una reclamación posterior, aunque no siempre la impide.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar el paro si me despiden?

El despido es una situación legal de desempleo, a diferencia de la baja voluntaria. El acceso concreto a la prestación depende de tener cubierto el periodo mínimo de cotización y del resto de requisitos del SEPE.

¿Debo firmar el finiquito si no estoy de acuerdo?

Puedes firmar indicando «no conforme» junto a la firma, lo que deja constancia de que recibes el documento pero no aceptas su contenido. Firmarlo sin reservas puede dificultar una reclamación posterior, así que ante la duda conviene consultar antes.

¿La indemnización se cobra siempre en el momento del despido?

En el despido objetivo, la normativa exige que la indemnización se ponga a disposición del trabajador de forma simultánea a la comunicación. En otros casos puede abonarse más adelante o resolverse en conciliación o juicio.

Ponlo en práctica

Prueba Finiquito e Indemnización por Despido

Fuentes consultadas

Contenido informativo, no asesoramiento financiero ni fiscal personalizado. La normativa y los importes citados se revisan periódicamente: comprueba la fuente oficial antes de tomar una decisión.